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title: "Voto accesible: el derecho de todos y todas a votar sin dificultades"
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description: "Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política."
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date_published: "2025-08-29T09:09:00-03:00"
date_modified: "2025-08-29T09:15:34-03:00"
author_name: "REDACCIÓN 4L"
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category_name: "Buenos Aires"
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# Voto accesible: el derecho de todos y todas a votar sin dificultades

![3857761135f8cb87ad2d48cc36a66a3d0f0e756a](/download/multimedia.normal.877abd945751abaf.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El próximo 7 de septiembre las y los bonaerenses elegirán a representantes para cargos provinciales y municipales: diputados y senadores provinciales según su municipio de residencia, concejales y consejeros escolares en las 8 secciones electorales.

En el Artículo 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se establece que las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la vida política. En la Argentina los tratados de Derechos Humanos tienen rango constitucional en Argentina (Ley 27044). Por eso, las personas con discapacidad tienen derecho a votar y a ser votados

De esta forma, con el propósito de promover y facilitar el ejercicio pleno de los derechos políticos de todas las personas, se implementan diversas medidas destinadas a la eliminación de barreras y obstáculos existentes en el proceso electoral.

En la Provincia de Buenos Aires, la Resolución 156 sobre Voto Asistido resuelve la existencia de un Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del Voto Asistido. Además toda persona que presenta alguna discapacidad tiene el derecho a:

• Poder entrar, quedarse y salir del lugar de votación sin dificultad.

• Recibir información clara, fácil de entender y en formatos accesibles.

• Pedir ayuda o apoyo durante cualquier parte del proceso de votación.

• Contar con un Cuarto Oscuro Accesible (COA) en cada lugar de votación.

• Elegir votar en su mesa asignada o en el COA.

• Votar con ayuda de:

- Una persona de su confianza

- La autoridad de mesa

- Su perro guía o de asistencia

• Pedir prioridad para votar sin hacer fila.

No es obligatorio tener Certificado Único de Discapacidad (CUD) para pedir apoyo.

Para poder votar, entonces, solo hay que tener 16 años o más (las y los migrantes votan a partir de los 18 años), tener domicilio en la provincia de Buenos Aires, llevar el último DNI y figurar en el[padrón electoral](https://padron.gba.gob.ar/)

Para obtener más información sobre el lugar de votación, la escuela, la mesa y número de orden se puede ingresar a: [https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/](https://eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar/)

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