


El Gobierno postergó al 10 de noviembre la entrada en vigencia del Código Procesal Federal en CABA
REDACCIÓN 4L
El Ministerio de Justicia postergó por única vez y de manera “excepcional e improrrogable” la entrada en vigencia del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en la Justicia Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y en la Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal Económico para las 00:00 del 10 de noviembre de 2025 y además fijó el cronograma del primer semestre de 2026 para otras jurisdicciones, según la Resolución 530/2025 firmada por el ministro Mariano Cúneo Libarona.
La medida, publicada con fecha 8 de agosto, obedece al objetivo de “evitar un conflicto institucional” luego de que la Procuración General de la Nación advirtiera que, desde su perspectiva, aún no estaban dadas las condiciones técnicas, operativas y edilicias “mínimamente indispensables” para iniciar el sistema acusatorio en CABA, pese a que el Gobierno sostuvo que las condiciones estaban satisfechas y ratificó la asistencia técnica y financiera brindada a todos los actores del sistema.
En paralelo, el Ministerio de Justicia explicitó el cronograma 2026: el Código regirá plenamente en la jurisdicción de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas desde las 00:00 del 16 de marzo de 2026 y en la de La Plata desde las 00:00 del 18 de mayo de 2026. El resto del esquema ya anunciado se mantiene sin cambios, incluida la puesta en vigencia en Bahía Blanca el 29 de septiembre de 2025, y en Corrientes y Resistencia el 1° de diciembre de 2025.
En los considerandos, la cartera recordó que el estancamiento de la reforma iniciada en 2014 afecta la eficiencia del sistema penal federal y subrayó que la coexistencia de dos regímenes procesales genera trabas operativas. También repasó las etapas recientes de implementación: Rosario (6 de mayo de 2024, con Reconquista desde el 1° de marzo de 2025), Mendoza (5 de agosto de 2024), General Roca (4 de noviembre de 2024), Comodoro Rivadavia (2 de diciembre de 2024) y Mar del Plata (7 de abril de 2025). Además, ratificó la vigencia del artículo 358 del Código para todos los tribunales con competencia penal donde aplica.
El Ministerio insistió en que la transformación no puede condicionarse por problemas edilicios o tecnológicos y que, en un contexto de austeridad, se optimizarán recursos y se completará la capacitación y el equipamiento para la puesta en marcha. Recordó, asimismo, que el sistema acusatorio rige sólo para causas iniciadas por hechos posteriores a cada fecha de entrada en vigor, lo que otorga un “margen temporal” para escalar capacidades.
La resolución ordena comunicar la decisión a la Corte Suprema, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara Federal de Casación Penal, a la Procuración y a la Defensoría General, a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso y al Ministerio de Seguridad, y remitirla al Boletín Oficial.


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